![]() |
ASOCIACION DE ABOGADOS DE BUENOS AIRES |
Uruguay 485, piso 3* - (CP 1015) Buenos Aires - Argentina |
|
C Organizado
por: |
|
PONENCIAS | |
|
|
Litigiosidad en el Fuero de
Seguridad Social
Por Alberto Ize
1.-En esta breve
ponencia procuraré analizar someramente algunos aspectos que inciden en
la conceptualización de la existencia de
exceso de litigiosidad en el fuero de Seguridad Social. Claro está
que existe una realidad incontrastable que proviene de la percepción del
presente y de la problemática
que cada uno tiene impresa
desde su vivencia. Basta observar en los
juzgados de primera instancia casilleros desbordados de expedientes, tanto
judiciales como administrativos, para que se nos forme la idea de que
estamos ante una situación caótica, así como ver en las mesas de
entradas en las que existe puja entre el público para obtener un lugar, mientras
observan a otros colegas o empleados de estudio analizar 20, 30 o más
expedientes y que no desocupan por largo tiempo su espacio en la misma, o
algún actor buscando
entender, por largo tiempo, lo que su expediente dice.
No es suficiente
reconocer la existencia de una gran magnitud de expedientes, (alrededor de
25.000 por Juzgado), pues los expedientes no son solo un número sino detrás
de ellos hay personas que esperan una resolución a sus problemas, seres
humanos con necesidades, que esperan una pronta resolución a sus
conflictos judiciales, y podemos decir que cada empleado del tribunal se
encuentra conciente de ello, por lo que se esfuerzan por lograr proveer el
mejor servicio de justicia posible, con un compromiso responsable en el
desempeño de sus actividades y con gran esfuerzo, dado que ingresan
alrededor de 300 escritos diarios, doscientas cédulas diarias, oficios a
confronte, expedientes a letra (aproximadamente entre 300 a 400)
que deben colocarse correctamente, y otras tantas actividades más,
casi innumerables que nos llevaría varias hojas detallar.
De lo expuesto se desprende que no existe ni desorden, ni confusión
en la actividad de los juzgados, solo mucho
pero mucho trabajo. 2.-¿Es por la formación
de nuevas causas que existen tal cantidad de expedientes en trámite?,
para develar esta cuestión es
necesario retrotraernos al mes de febrero del año 1997, época en que
abrieron sus puertas plenamente los Juzgados de Primera Instancia de la
Seguridad Social, asignándoles aproximadamente 4000 expedientes en trámite
que se sustanciaban ante los Juzgados Federales Contencioso Administrativo
y debe recordarse que a ellos se le adicionaron los expedientes de Obra
Sociales que tramitaban en el fuero del Trabajo y aproximadamente 1000
expedientes recién iniciados, que ansiosamente esperaban en la mesa
general de entradas, la instalación de los mismos. 3.-Es necesario no
olvidar el tema que nos convoca, “La litigiosidad en el fuero de
Seguridad Social”, más allá de parecer una crónica justificativa
propongo que reflexionemos por un instante sobre el tiempo que ha
transcurrido desde aquellas épocas, que podríamos etiquetar como los del
inicio, aún cuando se comenzó de la forma ya explicitada, hoy
día llevamos cinco años en la tarea Jurisdiccional que se ha
realizado de la forma que es de público conocimiento y que no es motivo
del tema que tratamos, por lo que no la abordaré, pero sí destacaré que
en el lapso mencionado la cantidad de expedientes en trámite se ha
incrementado en aproximadamente un 600 %, estado que amerita algunos
planteos que pasamos inmediatamente a tratar y sus posibles remedios.
DESARROLLO: Entre las tantas preguntas que
pudieran acosarnos, abordaremos solo tres.
Considero que
para brindar una respuesta objetiva, acerca del movimiento de causas, es
prudente remitirse al libro de Sentencias, momento a partir del cual los
autos judiciales y sus tiempos dependen en realidad del juzgador, dado que
con anterioridad su impulso y contralor les cabe a las partes en
exclusividad, por ser ellos los verdaderos interesados y únicos
facultados legalmente (salvo escasas excepciones), a incoar los
movimientos fijados por el Código de rito, por ello es a partir del
llamamiento de autos, donde el registro comienza a hablar por medio de los
números, (las referencias citadas pertenecen al Juzgado 1era. Inst. Fed.
de Seg Soc. Nº9 ). Consta en
registro que desde el comienzo de la actividad en el Fuero, entre
Sentencias Interlocutorias Simples y Sentencias Interlocutorias con carácter
de Definitivas se dictaron aproximadamente 9000 fallos, y Sentencias
Definitivas aproximadamente 7700; tomando el total de estas cifras
podemos afirmar que el promedio aproximado en cinco años, (tomando
20 días hábiles por mes), entre las dos secretarías es siempre en términos
aproximados de 17 sentencias diarias. Creo conveniente aclarar que
existieron días laborables en que hubo carencia del sistema informático,
o que dejó de funcionar alguna de las impresoras, o que alguna audiencia
demandó gran parte de la mañana, y
otras tantas circunstancias que impiden el regular estudio de los temas a
resolver, o la redacción de los proyectos de sentencia y de éstas
mismas, lo que demanda un esfuerzo adicional con el objeto de mantener el
promedio. Demás está decir el impacto
negativo que soportan en la salud tanto
los empleados, como los
funcionarios y los jueces.
2.-El segundo cuestionamiento podría
ser: ¿Por algún motivo los juicios no terminan o permanecen en los
juzgados? Contemplando el cúmulo de
expedientes existentes téngase en cuenta el tiempo que le lleva al Juez
la firma del voluminoso despacho diario, oficios, mandamientos y por
supuesto el estudio de los autos que
se encuentran a sentencia; Aún así se puede afirmar que la mayor parte
de los expedientes, sino todos llegan a la Sentencia en tiempo y forma. Si
ello es así porqué no se archivan?, muy sencillo de comprender, basta
decir que una vez dictada la sentencia de primera instancia, incluso la de
segunda y hasta la de la Excma. Corte, nos reencontramos con los
expedientes en una nueva etapa en la que administrativamente y por informática
se le da ingreso para su ejecución.
Casi en la totalidad de los casos
se ha iniciado la ejecución por incumplimiento por parte de los
demandados de las obligaciones emergentes de la sentencia judicial, y se
observa que impulsada ésta
acción, los actuados perduran en los casilleros “per secula seculorum”.
Allí se acumulan expedientes y expedientes a la espera de vaya a saber
que milagro produzca el cumplimiento de aquella sentencia firme, de
primera , segunda o incluso tercera instancia. En los trámites de ejecución
fiscal al igual que las ejecuciones de la ley 23.660 (obras sociales), se
llega prontamente a la sentencia interlocutoria que manda llevar adelante
la misma pero que pocos son aquellos expedientes en los que se llega a la
terminación normal del proceso, dado que siempre resta el trámite de
cobro al ejecutado. Es el justiciable quien clama ante
La Justicia por su derecho, pudiera pensar que ésta posee la balanza en
su medida justa, pero que detenta una espada que se le ha mellado, por lo
que se le dificulta cumplir sus propias sentencias.
3.-El último planteo es por demás indicativo de la existencia de otro factor que facilita el aumento de causas en los juzgados, tiene que ver con la cantidad que ingresan y de la cantidad de sentencias que humanamente el Juez puede dictar. El ingreso
aproximado entre las dos secretarías es
estimadamente de 450 a 500 expedientes mensuales y si tenemos en
cuenta el promedio de sentencias con fuerza de definitivas la mayoría en
trámite y en etapa de ejecución por lo que no se pueden archivar y el
ingreso permanente de nuevos expediente hace que se transforme en
imposible revertir o por lo menos disminuir las causas en trámite. Otro aspecto de relevante
importancia a tener presente es que aún cuando se asignaran mayor
cantidad de empleados o se apresurara el trámite regular de los
expedientes, hay un solo juez para resolver y solo diez juzgados y tres
salas en la Excma. Cámara, para un total de aproximadamente 250.000
expedientes en trámite ya asignados, que va en aumento progresivo y
acumulativo. Por lo expuesto se observa
que entran más expedientes de los que concluyen, siendo imposible
aumentar “la producción” de sentencias razonadas, analizadas y
equitativamente resueltas. Existen otros dos aspectos
que ha incidido en el aumento de la litigiosidad o en que el tiempo
para resolver sea mayor; el primero tiene que ver con la gran cantidad de
resoluciones sujetas a impugnación en la totalidad de los juzgados que
han concluido en condena, lo que lleva a concluir que existe una actividad
quizás descuidada por parte del organismo actuante. El segundo tiene que
ver con falta de claridad y precisión con que en algunos expedientes se
describe el objeto del reclamo y también la falencia en que se incurre al
citar el derecho invocado que funda la demanda o contestación, que en
ocasiones es legislación errónea, circunstancia esta que no llega
a generar una presunción de mala fe procesal pero pudiera pensarse que
existe distracción, descuido o desconocimiento de las normas, situaciones
que aunque porcentualmente sean ínfimas, ante la gran cantidad de
expedientes a resolver, ocupan un tiempo relevante al juzgador, impactando
en forma negativa respecto del tema que nos ocupa. Conclusiones: Este panorama de la Justicia en un
Fuero con características alimentarias,
despierta la inquietud de todos los que aquí, en éste Primer
Congreso Argentino de Previsión Social, nos hemos convocado y nos mueve a
buscar soluciones, cada uno desde su posición profesional y recurriendo a
los mecanismos de derecho a su alcance. Algunas alternativas que se podrían
proponer son la creación de más juzgados de primera instancia y salas en
segunda instancia; la redacción de un código de procedimientos específico
para la materia, dado el carácter alimentario, que contemple de manera
especial la caducidad, el trámite de ejecución de sentencia que posee
características propias, el ofrecimiento y producción de la prueba, los
plazos teniendo en cuenta la naturaleza alimentaria del reclamo, incluso
porque no evaluar la accesibilidad a la justicia por proceso oral para
determinadas causas, etc.; La completa informatización y digitalización
de los expedientes y su tramitación en ambas instancias; etc. El Poder Judicial, el Ministerio de
Justicia, los Colegios y Asociaciones Profesionales se encuentran
trabajando en algunos de los proyectos de los ya mencionados, mientras los
expedientes se continúan incrementando, por ello quisiera concluir esta
ponencia recordando y citando las palabras del Dr. Roberto Wassner, quien
dijo: “No creemos en la pregonada muerte de las ideologías ni que los
valores sean pieza de museo, pensamos que se defiende con ese mensaje el
discurso del statu quo y la filosofía del conformismo y la resignación.
Sin embargo mejorar la realidad es partir de ella, desmenuzarla si es
necesario, formular propuestas alternativas.” (“Procedimiento
Previsional” –Abeledo Perrot 1993-)
|
AABA
Home Page ....
.....AABA
E-Mail:
Ultima revisión y actualización de esta página:
28/10/2001 12:34:16
(c) Asociación de Abogados de Buenos Aires, 1998/2001