Ante la Denuncia de los Abogados de la
Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires
La ASOCIACIÓN DE ABOGADOS DE BUENOS AIRES expresa su preocupación ante la denuncia efectuada por la Asociación de Abogados de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, en la que se señala que el Procurador General del organismo en el cual revistan los abogados representados por la Asociación denunciante, habría remitido a consideración del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires un proyecto de decreto disponiendo que los fondos de la Caja de Honorarios de la Procuración General sean distribuidos entre personal profesional y no profesional del Ente.
Que, en el supuesto de confirmarse la referida denuncia, ello implicaría una clara violación a lo prescripto en el Art. 10 inc. d) de la Ley 21.187, en cuanto prohíbe “Disponer la distribución o participación de honorarios con personas que carezcan de título habilitante para el ejercicio profesional”.-
Sabido es que los fondos de la Caja de Honorarios en la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires se conforman con aquellas sumas que les son reguladas a sus profesionales abogados en juicio, a cargo de la contraparte, en un todo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 2º in fine de la Ley de Honorarios de Abogados y Procuradores Nº 21.839. En consecuencia tales fondos no son de propiedad de la Administración sino de los profesionales que las aportan a aquel fondo común, para su distribución entre todos los que integran el plantel profesional.
Por tanto, en caso de confirmarse la denuncia de que se trata, no sólo se violarían disposiciones expresas de la Ley 23.187 que regula el ejercicio de la Abogacía en la Ciudad de Buenos Aires sino que también se vulneraría el derecho de propiedad de los abogados y las abogadas de la Procuración General sobre la parte de sus remuneraciones que se integran por los referidos honorarios, con agravio a los artículos. 14, 14 bis y 18 de la Constitución Nacional.
Es loable que la Administración muestre interés por mejorar los ingresos de todos los trabajadores no profesionales, pero creemos que ello debe hacerse por las vías y procedimientos reglados al efecto, con aquellos fondos o partidas que habilita el Presupuesto de la Ciudad, sin afectación de derechos adquiridos.
Buenos Aires, 1 de marzo de 2011
Eduardo Tavani, Presidente - Maria del Carmen Besteiro, Secretaria General