La Asociación de Abogados de Buenos Aires desea expresar su profunda preocupación ante la situación en que se encuentran los trabajadores de la planta Industria Metalúrgica Plástica Argentina (IMPA), que integran la Cooperativa de Trabajo 22 de Mayo Limitada, luego del fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el que se privó de tratamiento a un caso de evidente gravedad y trascendencia social.
De esta forma, sin mayor análisis que el que permite la sola invocación del art. 280 del CPCCN, quedó firme el fallo de la Sala A de la Cámara Comercial que declaró la inconstitucionalidad de la ley que dispuso la expropiación de dicha planta, perdiendo la oportunidad de ejercer el control de constitucionalidad en un caso que constituye una cuestión que vital trascendencia para el movimiento cooperativo.
La Asociación reconoce la figura de las cooperativas así como sus valores y principios, destacando el importante rol que cabe al Estado (en toda su dimensión) en su promoción, proveyendo el apoyo económico y todas las herramientas que permitan el desarrollo y la viabilidad de estas entidades asociativas basadas en el esfuerzo y la ayuda mutua cuando se trata de cooperativas de trabajo que recuperan empresas.
La AABA manifiesta su solidaridad con los trabajadores y las familias afectadas por esta situación, adhiriendo al nuevo proyecto de ley (elaborado y presentado por los trabajadores integrantes de la cooperativa) que declara de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la calle Querandíes 4248 de esta ciudad, y todas sus instalaciones, los bienes intangibles y muebles allí existentes cediendo a título oneroso los mismos a la Cooperativa de Trabajo 22 de Mayo Ltda. con cargo de continuar con la explotación de las unidades productivas y con la consecución de sus fines solidarios, autogestionarios y cooperativos y también exhorta a los Poderes Legislativo y Ejecutivo que den efectiva garantía de que se efectivizará la correspondiente indemnización que se debe abonar por la expropiación que dicho proyecto de ley dispone, de forma tal de garantizar los derechos constitucionales de los demás acreedores afectados en el caso y evitar así un nuevo cuestionamiento de inconstitucionalidad de la ley a dictarse.
Buenos Aires, 9 de diciembre de 2013
María del Carmen Besteiro, Presidenta - Marcela A. Hernández, Secretaria General
Situación de la planta Industria Metalúrgica Plástica Argentina (IMPA)
Enviado por Secretaria el Vie, 13/12/2013 - 12:24.